Neuquén.- Los concejales de Villa La Angostura sancionaron esta semana una ordenanza que prohíbe “todo tipo de quema a cielo abierto y fogones en la totalidad del ejido en época de veda de fuego”.
La ordenanza prevé que solo “será admitido el uso de fuego de tipo recreacional en propiedades particulares con la debida contención en parrillas construidas para tal fin y en sitios públicos, únicamente en los sectores habilitados -campings y fogones-…”.
La normativa establece la imposición de multas que arrancan en los 33 mil pesos para las personas que sean infraccionadas.
Además, el Ejecutivo municipal deberá asignar personal “al cumplimiento de las tareas que demande la ordenanza” y dicho personal “tendrá como misión prevenir, controlar, vigilar y sancionar en jurisdicción del ejido municipal”.
Conductas que serán sancionadas
a) Llevar o encender fuego en sitios no habilitados.
b) No cumplir con la obligación de dar aviso a la autoridad de la existencia de un foco de incendio o quema en sitio no habilitado.
c) No contar con las medidas de protección en los casos en los que fueran requeridos.
d) No presentar los planes de prevención de Incendio de Interfaz, asimismo falsear u omitir información en dicho plan.
e) Impedir o dificultar el accionar del personal del Cuerpo de Guardias Preventivas de Fuego o Combatiente de Incendios, por acción u omisión, en cualquier circunstancia o lugar, en terrenos de propiedad pública o privada.