Neuquén.- Debido a la alta curva de contagios por COVID-19 y a la ocupación plena de las Unidades de Terapia Intensiva del Sistema de Salud (tanto público como privado), el gobierno neuquino decidió extender las medias de cuidado para evitar la propagación de la pandemia.
A través de la Resolución 19/21, se prorrogan desde el lunes 7 de junio al domingo 13 de junio las medidas dispuestas en la Resolución 17/19, con el objetivo de proteger la salud pública de la ciudadanía neuquina.
Las medidas
. La circulación en la vía pública se suspende entre las 18 y las 6 del día siguiente, salvo casos excepcionales.
. Los locales comerciales minoristas y mayoristas de todos los rubros podrán funcionar entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados, y con aforo reducido al 30%; deberán priorizar las modalidades de venta en puerta o a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal; también mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro en puerta.
. Los locales gastronómicos podrán atender clientes únicamente en espacios habilitados al aire libre, entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados. Las modalidades de delivery y take away de cercanía para el sector gastronómico estarán autorizadas hasta las 23.
. Las farmacias y estaciones de servicio podrán seguir funcionando durante las 24 horas.
. El personal de obras privadas, de servicios en casas particulares, y de estudios de diversas profesiones liberales, podrán circular desde y hacia sus lugares de trabajo, entre las 6 y las 18, sin uso de transporte público de pasajeros.
Actividades que seguirán suspendidas temporalmente
. Las reuniones sociales en domicilios particulares.
. Las reuniones sociales en espacios públicos al aire de libre.
. La presencialidad educativa en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial.
. Todas las competencias deportivas a nivel provincial y municipal, sea en espacios cerrados o al aire libre, y la actividad de clubes deportivos, y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que suponga aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.
En este caso, la Resolución autoriza como excepción la práctica deportiva de entrenamientos en espacios habilitados y la circulación a esos fines, desarrollada por deportistas de mediano y alto rendimiento de la provincia que se encuentren clasificadas y clasificados para próximas competencias deportivas de carácter internacional. Esta actividad deberá realizarse con el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios básicos aprobados, sin aglomeración de personas y bajo el monitoreo y supervisión del ministerio de Deportes.
. La actividad de salas teatrales, cines y museos.
. Los casinos, salas de juego y discotecas.
. La realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados y abiertos, en iglesias, templos y otros lugares de culto. Los ministros y ministras de los distintos cultos podrán realizar ceremonias virtuales.
. La atención presencial de la administración pública provincial, con excepción del sector salud, policía y otras áreas esenciales.
. Las actividades y actos oficiales provinciales y municipales.