Buenos Aires.- El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial una disposición para extremar las medidas preventivas de cuidados en el transporte público para combatir la propagación del Coronavirus.
Bajo la disposición 28/2020, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte informó que ante la evolución epidemiológica «el objetivo es proteger la salud pública, lo que constituye una obligación del Estado Nacional y que como en la tercera etapa de cuarentena focalizada se permitieron otras actividades económicas y laborales, ven necesario actualizar el protocolo del «Plan de Emergencia Covid-19 para el transporte automotor».
Las acciones de prevención se deberán aplicar en todo el territorio argentino.
Medidas generales
- Incrementar el cuidado del personal mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud en lugares de fácil acceso.
- Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón antibacterial, toallas desechables) estén constantemente disponibles.
- Proveer diariamente de barbijos a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad.
- Minimizar el contacto físico a través de la circulación de elementos, incluidos papeles y dinero, y fomentar el uso digital en cualquier transacción .
Para el transporte urbano de pasajeros
- Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma del COVID-19 no deberá tomar servicio.
- Cuando el diseño de la unidad lo permita, se deberá clausurar la puerta de ingreso que se encuentra a la derecha del conductor, habilitando las puertas posteriores de la unidad, tanto para el ascenso como el descenso de los pasajeros.
- En todas las unidades, sin perjuicio del diseño que tengan las mismas, deberá instalarse una aislación física de material transparente que separe a los pasajeros de los conductores.
- Se instalará una señal de separación entre el chofer y el pasaje a 1.5 mts del habitáculo del conductor. Quedará anulada íntegramente la primera fila de asientos, debiendo sentarse los pasajeros con la debida distancia social, pudiendo el conductor manifestarlo cada vez que lo considere necesario.
- Fijar en el interior de los vehículos, de manera visible a todo el pasaje, la cartelería destinada a proteger la salud de conductores y pasajeros.
- En las terminales, los choferes deberán realizar su descanso manteniendo la distancia de seguridad entre sus compañeros y no deberán compartir utensilios (ej: mate).
- Será obligatorio para todo el personal el uso de barbijos y para los pasajeros el uso de barbijos o tapabocas caseros.
- En forma previa a la toma de cada servicio y a su finalización como mínimo, el interior del vehículo deberá ser desinfectado.
- Mientras el vehículo se encuentre a la espera de iniciar servicio, como así también durante su circulación, deberá permanecer con sus ventanillas abiertas para facilitar la ventilación continua.
- Deberán instarse los modos de comunicación de manera que la espera del transporte, en las respectivas paradas, durante el ascenso, descenso y dentro de los vehículos, los pasajeros mantengan la distancia social que se recomiende o establezca la autoridad de aplicación.