Río Negro.- Mientras duren las restricciones establecidas por la Nación a través del DNU 334/21, los supermercados mayoristas y minoristas permitan el acceso al público solo podrán vender productos considerados esenciales.
La medida fue dispuesta por el Ministerio de Salud, a través de la Resolución 3656, y estará vigente hasta el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio.
Se consideran productos esenciales a los alimenticios, de higiene personal y de limpieza. Para asegurar el cumplimiento de la medida, los comercios deberán restringir el acceso a los productos considerados no esenciales.
La Agencia de Recaudación Tributaria, a través del área de Defensa del Consumidor, fiscalizará el cumplimiento de la Resolución.