Neuquén.- El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley Provincial Nº2858 que limita la oferta de sal en los establecimientos gastronómicos. El decreto Nº2277, firmado por el gobernador Jorge Sapag, considera distintos aspectos relacionados a los perjuicios que produce el consumo excesivo de sal.
Dentro de sus considerandos, la norma establece que el consumo excesivo de sal es un factor de riesgo de varios trastornos y enfermedades, en particular la hipertensión, las cardiopatías, los accidentes cerebrovasculares y la insuficiencia renal. Además, tiene en cuenta que se ven afectadas personas de todas las edades, incluidos los niños.
El decreto menciona que la hipertensión arterial no es un problema que afecta solamente a los adultos y dice textualmente: “El riesgo de hipertensión aumenta con el consumo de sal en las primeras etapas de la vida. La exposición a los alimentos salados aumenta la predisposición del niño a una preferencia por el sabor salado y, en consecuencia, por los alimentos salados. Eso, a su vez, aumenta el riesgo de cardiopatías, enfermedades cerebrovasculares y nefropatías en etapas posteriores a la vida”.
También explicita que el consumo excesivo de sal podría ser un factor de riesgo de varios trastornos además de los mencionados: la obesidad, el asma, los cálculos renales, la osteoporosis y el cáncer gástrico.