Neuquén. – La Comisión A de la Legislatura tratará hoy la reglamentación de la Ley 3005, que trata específicamente la prohibición de carrera de canes.
Por ley 3005, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén del 29/7/2016, se dispuso la prohibición en todo el territorio de esa provincia, de las carreras de canes, previéndose sanciones (clausura y multas) para los casos de incumplimiento a sus disposiciones.
Texto completo de la norma – Ley N° 3005
Artículo 1 – Prohíbanse, en el territorio de la Provincia, las carreras de canes, cualquiera sea su raza.
Artículo 2 -.- Se clausurarán los lugares donde se realicen carreras de canes y se sancionará -con multa de hasta diez (10) jus- a quien promueva, organice, participe o colabore con la actividad; asimismo, se sancionará con igual multa a los propietarios de los canes que participen.
Artículo 3 – La autoridad de aplicación de la presente Ley será el organismo que el Poder Ejecutivo determine.
Artículo 4 – Comuníquese al Poder Ejecutivo.