La Justicia dejó sin efecto la multa del municipio a EPAS

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Neuquén.- EPAS fue notificado de la resolución del Juzgado Procesal Administrativo Nº 1 que suspendió la multa que el municipio de Neuquén había fijado a través de un decreto del intendente por supuestas descarga de líquidos cloacales en “infracción a las normas de los residuos patógenos, tóxicos y/o radioactivos”.

El juez José Pusterla resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa provincial, ya que consideró que “la sentencia del Tribunal de Faltas y el decreto que la confirmó no parecen haber dado tratamiento a los argumentos y pruebas aportadas” por el EPAS y por esto, “los actos administrativos cuestionados podrían contener vicios”.

Además, el funcionario judicial destacó que “en ningún momento se afirma con certeza por parte de la Municipalidad que se haya constatado el vertido de líquidos cloacales”.

En el descargo efectuado oportunamente ante el Tribunal de Faltas de Neuquén, EPAS explicó que la función del caño en cuestión “es la de facilitar el escurrido del líquido excedente, ante una contingencia que produzca el cese del bombeo” como, por ejemplo, un corte prolongado de electricidad que provocaría que los domicilios y calles de la zona sufran desbordes cloacales.