Buenos Aires.- La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden impulsar medidas de fuerza de este tipo.
Así lo resolvió hoy el máximo tribunal al rechazar la demanda promovida por Francisco Daniel Orellano, un empleado del Correo Oficial de la República Argentina que fue despedido por haber participado en medidas de fuerza sin el aval de ninguna representación sindical.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda manifestaron que la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos sólo le reconocen el derecho a declarar una huelga a los sindicatos.
La resolución favorece a las tres CGT, que se nutren de organizaciones sindicales organizadas, pero perjudica a los trabajadores no sindicalizados y a las CTA, ya que a partir de ahora los trabajadores agrupados en organizaciones sociales y cooperativas no podrán disponer medidas de fuerza o correrán el riesgo de ser despedidos.