Buenos Aires.- Con esta decisión, el ex funcionario quedó en condiciones de ser enviado a juicio oral por el juez de la causa, Luis Rodríguez.
Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah confirmaron la ampliación del procesamiento de Sbatella, quien había ya sido procesado con anterioridad por violación de secretos en una investigación relativa a joyerías, según la resolución.
Ahora, se confirmó el procesamiento en lo referido a lo ocurrido con las denuncias contra el grupo Clarín.
Para la Sala II del Tribunal de Apelaciones, hay prueba suficiente para procesar a Sbatella por actos cometidos en el ejercicio de su cargo «con el objeto de perjudicar los intereses y la reputación de la firma Grupo Clarín S.A., sus sociedades controladas y sus directivos”.
La causa investigó la formulación de una denuncia contra el grupo y su publicación en julio de 2010 con detalles de una investigación de la UIF que, para la Justicia, eran de carácter reservado.
Sbatella difundió los datos en el programa televisivo 6-7-8, que se emitía en la Televisión Pública, en relación a la denuncia por «fraude y asociación ilícita» que había hecho el organismo ante la Justicia.
“No se trata de objetar el cumplimiento del deber legal que se impone a los funcionarios públicos, de denunciar hechos presuntamente ilícitos que lleguen a su conocimiento, sino de observar que, antes y mientras, eran judicializados acontecimientos que entendió distintos, el imputado difundió información sobre investigaciones internas referidas a lavado de activos», explicaron los camaristas.
En este sentido, remarcaron que estas informaciones «eran secretas» en base al artículo 22 de la Ley 25.246, prevé que “funcionarios y empleados de la Unidad de Información Financiera están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia”.
“Mal puede creerse que el nombrado, presidente del organismo en dicho momento, no estuviera al tanto de ello, máxime frente al particular modo en que procedió al denunciar y el contexto de hostigamiento institucional contra la empresa querellante que enmarcó a su actuación”, concluyeron.