Argentina.- A través de la Resolución General 4933 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los propietarios de inmuebles que estén alquilados deberán, a partir del 1 de marzo, inscribir los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles, lo que se anticipa como una herramienta para evitar la informalidad de las relaciones con los inquilinos.
Mientras que los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril.
Es importante destacar que la registración del contrato facilita que el inquilino pueda recibir una factura por el pago y pueda deducir del Impuesto a las Ganancias hasta el 40% de las sumas que paga en concepto de alquiler. Además, los propietarios que quieran llevar adelante juicios de desalojo a futuro deberán haber declarado el contrato de alquiler previamente.
Cómo es el paso a paso para registrar una locación en AFIP
Todos los contratos deberán ser informados en forma digital ingresando con Clave Fiscal en afip.gob.ar al servicio «Registro de Locaciones de Inmuebles – reli-contribuyente».
Cabe destacar que para registrar los alquileres como monotributista, el total de la facturación anual del contribuyente no debe superar los $1,7 millones y no se debe contar con más de tres inmuebles alquilados o más de tres actividades económicas desarrolladas.
Los contribuyentes registrados en el Régimen General, deben emitir comprobantes tipo «B» a los consumidores finales o exentos en IVA.
De acuerdo con información de Inquilinos Agrupados, se calcula que el 80% del mercado se maneja en la informalidad por lo que consideran es fundamental la medida para que los inquilinos reciban facturas y puedan hacer cumplir sus derechos.