El fiscal federal Miguel Palazzani habia solicitado tres años de prisión y cinco de inhabilitación para los cuatro guardaparques procesados en el juicio que se estaba llevando adelante en Neuquén, por la tragedia ocurrida en 2016, cuando la caída de un árbol causó la muerte de dos niños en un camping del Parque Nacional Lanín.
Sin embargo, el tribunal, integrado por los jueces Alejandro Cabral, María Paula Marisi y Pablo Díaz Lacava decidió absolver al titular de Guardaparques, Diego Lucca; el jefe del Departamento de Conservación y Manejo, Juan Jones; la jefa de Uso Público del PNL, María Hileman; y el guardaparque Matías Encina que estaban acusados por homicidio culposo agravado por el número de víctimas, lesiones graves culposas agravadas por el número de víctimas, e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
También se resolvió la absolución de dos miembros de la comunidad mapuche Curruhuinca -a cargo del camping-, Milena Cheuquepán y Juan Delgado, que estaban imputados por homicidio culposo y lesiones graves.
El 1° de enero de 2016, la caída de un roble pellín en el sector del camping Lolen (ubicado en la bahía de Catritre, a orillas del lago Lácar), causó la muerte inmediata de Martina Sepúlveda de 2 años de edad y de Matías Mercanti Aguilera, de 7. Además, resultaron lesionados Federico Mercanti y Carmen Rey, padre y abuela del menor fallecido.