Los neuquinos ya hacen uso del nuevo Código Civil

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Neuquén.- El Director Provincial del Registro Civil, Santiago Núñez, en comunicación con “Mañana es tarde” por LA RED (93.9) Y LA RED NEUQUINA DE RADIOS, habló sobre el nuevo código civil, el cambio de nombres y orden de los apellidos.

El documento entró en vigencia el sábado y, entre otras cosas, plantea un nuevo escenario en la filiación de los hijos. Entre sus cambios, figura que el apellido del padre dejó de tener prioridad. Ahora la madre está en igualdad de condiciones para decidir qué apellido usará su bebe y, en caso de elegir ambos, cuál va primero.

“En la primera jornada, que fue el lunes, tuvimos mucha gente que vino no a consultar sino directamente a solicitar el cambio en el orden de los apellidos de los hijos. Tuvimos entre 50 y 60 casos, que es un volumen importante. Básicamente lo que se hizo en este caso, se les explicó que el código rige hacia futuro y que los niños que ya estén registrados no se pueden modificar el orden”, explicó.

Al mismo tiempo, indicó que “para modificar el nombre, si o si se tiene que hacer vía judicial y todo se hace previo al registro. Una vez inscriptos los niños ya no se puede modificar el nombre”.

Con respecto a los nombres que están permitidos, señaló: “En principio se puede poner cualquier nombre, la limitante que existe es que el nombre sea humillante o estigmatizante. Nosotros hasta ahora no tuvimos casos raros, si hemos tenido nombres extravagantes como Onur, Alia y demás, pero no hemos tenido nombres que hayan estado ahí en el límite”.

“El primer caso, tuvimos ayer, cuando hable con Santa Fe, fue el caso de unos padres que le quisieron poner “Yerbabrava” y bueno le rechazaron el nombre porque consideraron que no era un nombre, que tenía que ver con otro tipo de cuestiones, que podía llegar a ser estigmatizante o humillante para el niño”, añadió.

En cuanto a las personas con diferente orientación sexual que quieran cambiarse el nombre, comentó que “ese es uno de los casos excepcionales que trae la ley, en ese caso no va a vía judicial y con sólo manifestar que se va a atener a la Ley de Identidad de Género, nosotros estamos obligados a darle lugar al pedido y puede optar por el nombre de pila. Yo soy Santiago, decido cambiar mi género al género femenino y yo me podría llamar María Guadalupe, María Marta o como yo quiera, lo que no puedo modificar es el apellido”.

Finalmente, agregó: “El otro caso excepcional es que yo haya sido víctima de delito de apropiación forzosa de persona, en este caso también por vía administrativa se puede modificar tanto el nombre como el apellido. Esto tiene que ver con volver a su identidad original o real”.