Río Negro.- Un fallo del fuero Civil de Cipolletti concluyó que el dueño de un geriátrico deberá responder por el daño moral en perjuicio de los hijos de un anciano.
El hombre de 85 años murió en el 2013 por las heridas y quemaduras ocasionadas por un incendio que alcanzó su colchón. Se determinó que había una deficiente instalación eléctrica, agravada por el uso de caloventores.
La sentencia es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada. La condena alcanzó al propietario del geriátrico y a su compañía de seguros. El monto de la indemnización no se consigna aquí por razones de seguridad.
El fallo, del Juzgado Civil N°3, sostuvo que «los titulares de establecimientos geriátricos tienen la responsabilidad civil, y una obligación de seguridad y garantía sobre la persona. El titular del establecimiento sólo podrá eximirse de responsabilidad probando la ruptura del nexo causal, es decir, que el daño fue provocado por la culpa de la víctima».